Indice
1.- Aspectos poco conocidos del convenio colectivo 2010-12
2.- Funciones y datos de contacto de cada departamento de TCSA
1.- Aspectos poco conocidos del convenio colectivo 2010-12
| | Disfrute de horas ordinarias no saldadas en quincenas Artículo 4º - Jornada – Pág. 04 Prestación por IT Artículo 11º - Prestaciones por IT – Pág. 14 Licencias Artículo 23º - Licencias – Pág. 22 |
Disfrute de horas ordinarias no saldadas en quincenas
Artículo 4º - Jornada – Pág. 04
[…]
1. El mínimo de horas ordinarias no saldadas necesario para el disfrute en el año 2010 será de 100 horas.
2. Vistos los resultados de esta medida, en el año 2011 se negociará con la Comisión de Líneas, los límites adecuados para que cada trabajador no incurra cada año en horas negativas.
3. Se seguirá el procedimiento de dos peticiones al año y sorteo en la Comisión de Líneas cuando exista más demanda que plazas.
4. Se disfrutará una vez cada 100 horas con un tope de 8 personas por quincena para el colectivo de conductores (1 a 15 y 16 a 31) manteniendo el mismo porcentaje para el resto de colectivos. Se excluyen los meses de julio y agosto para disfrute de horas ordinarias no saldadas.
5. Para los meses de marzo, abril, mayo, junio y septiembre se tomarán en cuenta la suma de los contadores de horas, franqueos adicionales y fiestas no recuperables a 31 de diciembre del año anterior.
6. Para los meses de octubre, noviembre, diciembre, enero y febrero se tomará el contador de franqueos adicionales y fiestas no recuperables a 31 de diciembre del año anterior y contador de horas real del año en curso a 31 de agosto.
7. Los acumuladores al cierre del año se entregarán junto con la nómina de enero de cada año procediendo al volcado de los tres contadores en un contador único traducido a horas.
8. Como caso excepcional, para los trabajadores que tengan entre 50 y 99 horas, en aquellos meses que no se cubran las plazas con quincenas (las quincenas tienen preferencia a la hora de ser adjudicadas) existe la posibilidad de que a través de la Comisión de Líneas se administren los excedentes de disfrute en lotes de semanas (1 a 7, 8 a 15, 16 a 23 y 24 a 31). Año 2010, esta medida se comportará según el punto 2 del presente artículo para los años 2011 y 2012.
9. Las solicitudes se presentarán en el departamento de explotación por las vías ordinarias de la empresa.
[…]
Prestación por IT
Artículo 11º - Prestaciones por IT – Pág. 14
[…]
Los tres primeros días de la baja no darán derecho a prestación alguna por parte de la Empresa salvo aquellos casos de ingreso hospitalario dentro de los primeros 30 días de IT, entendiéndose por ingreso hospitalario ingreso en planta de hospital.
[…]
Licencias
Artículo 23º - Licencias – Pág. 22
El personal de la Empresa tendrá derecho a solicitar licencia con sueldo en los casos siguientes:
a) Por matrimonio o constitución de pareja de hecho del trabajador en los términos de la Ley 2/2003, de 7 de mayo, del País Vasco, 15 días naturales, a partir del día que los solicite.
b) Por fallecimiento del cónyuge, 5 días naturales.
c) Por alumbramiento de esposa, 3 días naturales. En caso de imposibilidad en estos días de efectuar la obligatoria inscripción en el registro civil se facilitará el tiempo necesario adicional para hacerlo, por ser deber inexcusable de carácter público.
d) Por fallecimiento de padres, hijos o hermanos; enfermedad grave del cónyuge acreditadas por certificación médica o ingreso en centro hospitalario; enfermedad grave de padres e hijos acreditada por certificación médica, 3 días naturales.
e) Por enfermedad grave de hermanos, abuelos y nietos, acreditada por certificación médica, 2 días naturales.
f) Por matrimonio de padres, hijos o hermanos; traslado de domicilio, 1 día natural. Por fallecimiento de abuelos y nietos 2 días naturales.
g) Por asistencia a actos judiciales, por ser deber inexcusable de carácter público la asistencia a los que el trabajador sea citado como testigo o concepto análogo, el tiempo necesario.
h) Por asistencia a consulta médica cuando previo aviso y posterior justificación asistan a los Servicios Médicos del Seguro de Enfermedad, debiendo hacer compatible el horario de consulta con el trabajo cuando ello sea posible, el tiempo necesario, que deberá justificarse.
j) El personal de taller tendrá derecho durante el año a dos días de permiso no retribuido, para asuntos particulares, que podrán dividirse hasta en cuatro fracciones y que se deberá solicitar por escrito.
Los trabajadores de Taller tendrán derecho a un día de permiso al año, con cargo a la jornada anual.
Estos días no podrán adicionarse a vacaciones o disfrute acumulado de descansos no disfrutados. La empresa se reserva el derecho de conceder o no este permiso en los días solicitados, si las necesidades del servicio así lo determinan.
En caso de denegación, deberá ser fundamentada.
Salvo en los casos mencionados en los apartados g), h), las licencias se entenderán a partir del día siguiente si el trabajador hubiera trabajado el día que se produce la circunstancia que genera el derecho al permiso. En los casos en los que el trabajador no hubiera trabajado la jornada completa se procederá a descontar en su acumulador de horas ordinarias la jornada restante.
La empresa procurará, siempre que no se perjudique la correcta prestación de los servicios que tiene encomendados, que el inicio del disfrute de las licencias se pueda trasladar en función de las necesidades familiares.
Excepto por matrimonio, constitución de pareja de hecho del trabajador en los términos de la Ley 2/2003, de 7 de mayo, del País Vasco, traslado de domicilio y asistencia a consulta médica, las licencias se incrementarán en dos días naturales más, en caso de tener que efectuar desplazamiento superior a 150 Kilómetros .
Todas las licencias serán abonadas en la misma cuantía que en tiempo de trabajo efectivo. Los parentescos se entenderán naturales o políticos. Todas las licencias a las que se tengan derecho en virtud de matrimonio, serán igualmente reconocidas por constitución de pareja de hecho en las condiciones de la Ley 2/2003, del País Vasco.
2.- Funciones y datos de contacto de cada departamento de TCSA
| | Recursos Humanos | 94 448 40 71 Francisco Macia 4, 2º 48014 Bilbao |
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| | Tráfico Planificación Accidentes / Reclamaciones Centro de Liquidación Inspección calle | 94 497 06 14 Ex. 30 94 497 06 21 94 497 06 14 Ex. 15 94 497 06 22 94 497 06 86 94 497 06 14 Ex. 20 Avda. Zumalacarregui 13 48903 Barakaldo |
Recursos Humanos
- Nuevas contracciones.
- Duplicados de nóminas o T10, cambio de datos personales
( domicilio, teléfono, domiciliaciones ).
- Control de carné conducir.
- Tramitación de bajas y altas de enfermedad o accidentes.
- Jubilaciones, finiquitos, etc.
Gestiones disponibles a través de la página web www.tcbilbao.com
*Solicitud de fiesta por otro día (FOD)
*Solicitud de cambio de vacaciones y/o mes adicional
Tráfico
- Nombramiento de servicios.
- Gestión de franqueos a trabajar o fiestas por otro día.
- Control de horas y días de descanso reglamentarios.
- Acumuladores de horas mensuales.
- Permisos retribuidos (según convenio).
- Actualización en página Web de servicios.
- Cambios de servicios entre compañeros, etc.
Gestiones disponibles a través de la página web www.tcbilbao.com
*Solicitud de anticipo
*Solicitud de plazas vacantes
*Modificación de datos personales
*Solicitud de copia de documentación
(10-T, Nómina, Saldo de franqueos - FNR y H.Acumuladas)
*Solicitud para pasar reconocimiento médico
*Recogida de tallas de las prendas que componen el uniforme de trabajo
Planificación
- Gestión de indicaciones de D.F.B. en cuanto a horarios, modificación de recorridos y calendarios anuales.
- Gestión de indicaciones de Gerencia en cuanto a facturación e información de todas las innovaciones, respecto a cualquier tema relacionado con modificaciones del servicio.
- Distribución de modificaciones de líneas, recorridos, horarios, etc.
- Mantenimiento del sistema de paradas y horarios en pupitres.
- Coordinación de cambios de grupos de franqueos y turnos, junto con la Comisión de Líneas.
- Mantenimiento de plazas vacantes en líneas, así como del disfrute de quincenas o semanas (según convenio) junto con la Comisión de Líneas.
Accidentes / Reclamaciones
- Gestión y mantenimiento de documentaciones de vehículos, seguros, multas, etc.
- Atención a reclamaciones del personal interno, como externo, en cuanto a golpes, accidentes y varios.
- Tramitaciones judiciales diversas.
- Bajas y altas de los vehículos, etc.
Centro de Liquidación
- Control de recaudación diaria y hojas de ruta.
- Entrega de Nóminas, impresos T10, etc.
- Control de dotación asignada, para personal de nuevo ingreso, así como la recogida de la misma en los casos de jubilación.
- Atención de desvíos de rutas por distintas causas.
- Control de la unidades de vehículos en cada líneas, para cambiar o modificar los servicios en función a las necesidades del servicio.
- Facilitar por fonía ayuda al conductor.
- Control junto al Inspector de calle de salidas de servicio y cambios de turnos.
Inspección calle
- Control de salida de servicio, así como de relevos en cambios de turnos.
- Información de incidencias en vehículos, rutas, horarios y control del pasaje.
- Información de anomalías en marquesinas, paradas, estado del firme, obras, etc..
- Acompañamiento de posibles pasajeros, en caso de accidentes, coordinación con S.A.E. para sustitución del conductor, etc.